Auto14 de abril de 2008
A- de 2008
Ponente Manuel José Cepeda Espinosa
✓Demandante Abel Antonio Jaramillo Y Otros Vs. Red De Solidaridad Social Y Otros
✓
Tema · dato duro
Proteccion De Los Derechos Fundamentales De Las Mujeres Victimas Del Desplazamiento Forzado Por Causa Del Conflicto Armado, En El Marco De La Superacion Del Estado De Cosas Inconstitucional Declarado En La Sentencia T-025 De 2004, Despues De La Sesion Publica De Informacion Tecnica Realizada El 10 De Mayo De 2007 Ante La Sala Segunda De Revision. Se Adoptan Medidas Comprehensivas Para La Proteccion De Los Derechos Fundamentales De Las Mujeres Desplazadas Por El Conflicto Armado Y La Prevencion Del Impacto De Genero Desproporcionado Del Conflicto Armado Y Del Desplazamiento Forzado. Tales Medidas Consisten, Principalmente, En Ordenes De Creacion De Trece (13) Programas Especificos Para Colmar Los Vacios Existentes En La Politica Publica Para La Atencion Del Desplazamiento Forzado Desde La Perspectiva De Las Mujeres, De Manera Tal Que Se Contrarresten Efectivamente Los Riesgos De Genero En El Conflicto Armado Y Las Facetas De Genero Del Desplazamiento Forzado, El Establecimiento De Dos Presunciones Constitucionales Que Amparan A Las Mujeres Desplazadas, La Adopcion De Ordenes Individuales De Proteccion Concreta Para Seiscientas (600) Mujeres Desplazadas En El Pais, Y La Comunicación Al Fiscal General De La Nacion De Numerosos Relatos De Crimenes Sexuales Cometidos En El Marco Del Conflicto Armado Interno Colombiano. Los Riesgos De Genero En El Marco Del Conflicto Armado Colombiano. Deberes Constitucionales Inmediatos Y Urgentes Del Estado Colombiano Frente A La Situacion De Las Mujeres Desplazadas Por La Violencia. Valoracion Juridica Constitucional De Los Riesgos De Genero Especificos Y Las Cargas De Genero Extraordinarias. Medidas De Caracter General A Adoptar Para Proteger Los Derechos Fundamentales De Las Mujeres Desplazadas De Colombia. Los Programas Aluden A La Prevencion Del Impacto De Genero Desproporcionado Del Desplazamiento, Prevencion De La Violencia Sexual Contra La Mujer Desplazada, Prevencion De La Violencia Intrafamiliar Y Comunitaria Contra La Mujer Desplazada, Promocion De La Salud, Apoyo Y Facilitacion Del Acceso A Oportunidades Laborales Y Productivas A Las Jefes De Hogar, Apoyo Educativo A Las Mujeres Mayores De 15 Años, Facilitacion Del Acceso A La Propiedad De La Tierra, Proteccion De Los Derechos De Las Mujeres Indigenas Y Afrodescendientes Desplazadas, Promocion De La Participacion De La Mujer Y Prevencion De La Violencia Contra Mujeres Lideres En El Campo De La Promocion Social, Civica O De Derechos Humanos, Garantia De Los Derechos A La Verdad, Justicia, Reparacion Y A La No Repeticion, Acompañamiento Psicosocial Para Las Mujeres Desplazadas Y Eliminacion De Las Barreras De Acceso Al Sistema De Proteccion Por Las Mujeres Desplazadas. Paralelamente Se Establecen Dos Presunciones Constitucionales Para Que Estas Sean Aplicadas En El Ambito Del Snaipd. 1) La Presuncion Constitucional De Vulnerabilidad E Indefension Acentuada De Las Mujeres Desplazadas. 2) La Presuncion Constitucional De Prorroga Automatica De La Ayuda Humanitaria De Emergencia A Favor De Las Mujeres Desplazadas. Entre Otras Ordenes, Al Constatarse Que La Situacion De Las Mujeres, Jovenes, Niñas Y Adultas Mayores Desplazadas Por El Conflicto Armado En Colombia Constituye Una De Las Manifestaciones Mas Criticas Del Estado De Cosas Inconstitucional Declarado En La Sentencia T-025 De 2004, Por Ser Sujetos De Proteccion Constitucional Multiple Y Reforzada Cuyos Derechos Estan Siendo Vulnerados En Forma Sistematica, Extendida Y Masiva A Lo Largo De Todo El Territorio Nacional, Se Declarara Que Las Autoridades Colombianas A Todo Nivel Estan Bajo La Obligacion Constitucional E Internacional Imperiosa De Actuar En Forma Resuelta Para Prevenir El Impacto Desproporcionado Del Desplazamiento Sobre Las Mujeres, Y Garantizar El Goce Efectivo De Los Derechos Fundamentales De Las Mujeres Que Han Sido Afectadas Por El Desplazamiento. Se Requerira Al Fiscal General De La Nacion Para Que Rinda, Ante Esta Corte, Un Informe Detallado Sobre El Curso Que Se Le Ha Dado A La Informacion Contenida En El Documento Separado Del Que Se Le Corre Traslado, Especificando La Etapa Investigativa O De Juzgamiento En La Que Se Encuentran Los Casos Que Alli Se Relatan. Se Ordena A Accion Social Para Que Diseñe E Implemente Los Trece (13) Programas Enunciados Para Colmar Los Vacios Criticos En La Politica Publica De Atencion Al Desplazamiento Forzado. Se Adoptan Medidas Concretas Frente A Los 600 Casos Expuestos.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Corte Constitucional
- Competencia continua para verificar la superación del estado de cosas inconstitucional
- Factores de vulnerabilidad de las mujeres por causa de su condición femenina en el conflicto armado y desplazamiento forzoso
- No es competente para verificar tácticamente ni valorar jurídicamente desde la perspectiva penal la ocurrencia de crímenes sexuales contra mujeres víctimas del conflicto armado y desplazamiento forzoso
- Ordenes de individuales y generales para la protección de las mujeres desplazadas
- Prevención del impacto desproporcionado del conflicto armado y del desplazamiento forzado sobre las mujeres
- Adopción de medidas para la protección a mujeres víctimas del desplazamiento forzado por causa del conflicto armado
- Aspectos del desplazamiento forzado que impactan de manera diferencial a las mujeres por su condición femenina en el conflicto armado
- Carácter de sujetos de protección constitucional reforzada de las mujeres desplazadas
Desplazamiento Forzado
- Obligación constitucional e internacional de adoptar un enfoque diferencial estricto de prevención y su impacto desproporcionado sobre la mujer
- Respuesta estatal a las facetas de género
- Riesgo de violencia sexual contra la mujer
- Riesgos derivados por discriminación y vulnerabilidad de mujeres indígenas y afrocolombianas
- Persistencia del estado de cosas inconstitucional
- Principios rectores
Mujeres Desplazadas Por El Conflicto Armado
- Discriminación en inserción a espacios públicos y políticos con impacto en el derecho a la participación
- Mandatos constitucionales específicos
- Medidas de carácter general a adoptar para la protección de derechos fundamentales
- Obligaciones internacionales en el ámbito del derecho internacional humanitario
- Obligaciones internacionales en el campo de la protección de derechos humanos
- Obstáculos agravados en el acceso al sistema educativo
- Obstáculos agravados en la inserción al sistema económico y el acceso a oportunidades laborales y productivas
- Patrones estructurales de violencia y discriminación de género
- Riesgo de explotación o esclavización para ejercer labores domésticas
- Riesgo de persecución por estrategias de control coercitivo por grupos armados ilegales
- Riesgo de reclutamiento forzado de sus hijos e hijas
- Riesgo por el asesinato o desaparición de quien les provee económicamente
- Riesgos del contacto con integrantes de grupos armados ilegales
- Asunción del rol de jefes de hogar sin condiciones de subsistencia mínima
- Beneficiarias del principio de distinción y principio humanitario y de respeto por las garantías fundamentales del ser humano
- Desconocimiento de sus derechos como víctimas a la justicia, verdad y reparación
- Desconocimiento y vulneración de los derechos a la salud, sexuales y reproductivos
- Especiales requerimientos de atención y acompañamiento psicosocial
- Impacto diferencial y agudizado
- Obligaciones internacionales aplicables
- Problemas y necesidades específicos
- Programas de prevención, promoción, apoyo, facilitación, protección, garantía y acompañamiento
- Riesgo de ser despojadas de sus tierras y su patrimonio
- Riesgos de género y cargas extraordinarias
- Riesgos derivados de la pertenencia a organizaciones sociales y comunitarias o labores de liderazgo
- Sujetos de especial protección constitucional
- Violencia intrafamiliar y social por motivos de género
- Violencia, abuso sexual, prostitución forzada, esclavitud sexual o trata de personas
Poblacion Desplazada
- Derechos mínimos
Constitucion Politica
- Fines de la institución de autoridades estatales
- Fines esenciales del Estado
- Reconocimiento de la primacía de los derechos inalienables de la persona
Juez Constitucional
- Identificación previa de la especial vulnerabilidad de las mujeres desplazadas por la violencia
Juez
- Competente hasta que esté completamente restablecido el derecho o eliminadas las causas de la amenaza
7 temas · 48 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (628 puntos)
- Primero. CONSTATAR que la situacion de las mujeres, jovenes, ninas y adultas mayores desplazadas por el conflicto armado en Colombia constituye una de las manifestaciones mas criticas del estado de cosas inconstitucional declarado en la sentencia T-025 de 2004, por ser sujetos de proteccion constitucional multiple y reforzada cuyos derechos estan siendo vulnerados en forma sistematica, extendida y masiva a lo largo de todo el territorio nacional; CONSTATAR que la respuesta estatal frente a la misma ha sido manifiestamente insuficiente para hacer frente a sus deberes constitucionales en el area, y que los elementos existentes de la politica publica de atencion al desplazamiento forzado dejan vacios criticos que resultan en una situacion de total desamparo de las mujeres desplazadas ante las autoridades obligadas a protegerlas; y DECLARAR que las autoridades colombianas a todo nivel estan bajo la obligacion constitucional e internacional imperiosa de actuar en forma resuelta para prevenir el impacto desproporcionado del desplazamiento sobre las mujeres, y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales de las mujeres que han sido afectadas por el desplazamiento.
- Segundo. En el ambito de la prevencion del impacto desproporcionado del desplazamiento forzado sobre las mujeres, CONSTATAR que, entre los diversos riesgos de genero en el marco del conflicto armado colombiano identificados en la presente providencia como causa de desplazamiento, el riesgo de violencia sexual, explotacion sexual o abuso sexual en el marco del conflicto armado configura una situacion factica alarmante por ser abiertamente lesiva de los derechos humanos en su integridad y de los postulados mas basicos del Derecho Internacional Humanitario que ampara a las mujeres como victimas del conflicto. En consecuencia, DECLARAR que las autoridades colombianas a todo nivel estan en el deber constitucional e internacional imperativo de actuar en forma resuelta para conjurar en forma efectiva las causas de raiz del panorama generalizado de violencia sexual acreditado ante esta Corporacion por multiples fuentes de manera consistente y reiterada.
- En consecuencia, SE CORRE TRASLADO de la presente providencia, asi como del documento separado en el que constan los relatos facticos sobre episodios de violencia sexual, al senor Fiscal General de la Nacion, para que este, en ejercicio autonomo e independiente de sus competencias y sin perjuicio de las investigaciones que ya se han iniciado, adopte a la mayor brevedad las medidas a las que haya lugar en relacion con los hechos alli descritos, con miras a asegurar que las investigaciones que esten en curso avancen aceleradamente, y que se inicien los procedimientos investigativos de imperativo desarrollo respecto de los hechos que aun no han sido objeto de atencion por la justicia penal ordinaria. La Sala Segunda de Revision DECLARA RESERVADO el documento separado en el que constan tales informaciones, salvo en lo atinente al acceso a dicha informacion por los fiscales designados por el senor Fiscal General de la Nacion para dirigir la investigacion, por el senor Procurador General de la Nacion, y por el Director de CODHES, a quienes se comunicara, igualmente, el contenido del documento separado en cuestion para los efectos de Representante del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (amas en cuestion, y (iiseguimiento y acompanamiento de las victimas a los que haya lugar. Se REQUIERE al senor Fiscal General de la Nacion que rinda ante la Corte Constitucional, a mas tardar seis (6) meses despues de que se le comunique la presente providencia, un informe detallado sobre el curso que se le ha dado a la informacion contenida en el documento separado del que se le corre traslado, especificando la etapa investigativa o de juzgamiento en la que se encuentran los casos que alli se relatan.
- SE CORRE TRASLADO de la presente providencia, asi como del documento separado en el que constan los relatos facticos sobre episodios de violencia sexual, al senor Procurador General de la Nacion, y se le INVITA a que, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales, garantice la realizacion de una supervigilancia particularmente estricta sobre el desarrollo de los procesos investigativos y de restitucion de derechos fundamentales a los que haya lugar.
- SE COMUNICA la presente providencia, asi como el documento separado en el que constan los relatos facticos sobre episodios de violencia sexual, al Director de CODHES, y se le INVITA a que promueva el acompanamiento y orientacion de las victimas de tales crimenes durante las actuaciones investigativas y de juzgamiento a las que haya lugar.
- Tercero. Para prevenir el impacto desproporcionado y diferencial del desplazamiento forzado sobre las mujeres colombianas, y proteger de manera efectiva los derechos fundamentales de las mujeres victimas del desplazamiento, se ORDENA al Director de Accion Social que lleve a su debido termino el diseno e implementacion de los trece Programas enunciados en la presente providencia para colmar los vacios criticos en la politica publica de atencion al desplazamiento forzado, a saber:
- a. El Programa de Prevencion del Impacto de Genero Desproporcionado del Desplazamiento, mediante la Prevencion de los Riesgos Extraordinarios de Genero en el marco del Conflicto Armado.
- b. El Programa de Prevencion de la Violencia Sexual contra la Mujer Desplazada y de Atencion Integral a sus Victimas.
- c. El Programa de Prevencion de la Violencia Intrafamiliar y Comunitaria contra la Mujer Desplazada y de Atencion Integral a sus Victimas.
- d. El Programa de Promocion de la Salud de las Mujeres Desplazadas.
- e. El Programa de Apoyo a las Mujeres Desplazadas que son Jefes de Hogar, de Facilitacion del Acceso a Oportunidades Laborales y Productivas y de Prevencion de la Explotacion Domestica y Laboral de la Mujer Desplazada.
- f. El Programa de Apoyo Educativo para las Mujeres Desplazadas Mayores de 15 Anos.
- g. El Programa de Facilitacion del Acceso a la Propiedad de la Tierra por las Mujeres Desplazadas.
- h. El Programa de Proteccion de los Derechos de las Mujeres Indigenas Desplazadas
- i. El Programa de Proteccion de los Derechos de las Mujeres Afrodescendientes Desplazadas.
- j. El Programa de Promocion de la Participacion de la Mujer Desplazada y de Prevencion de la Violencia contra las Mujeres Desplazadas Lideres o que adquieren Visibilidad Publica por sus Labores de Promocion Social, Civica o de los Derechos Humanos.
- k. El Programa de Garantia de los Derechos de las Mujeres Desplazadas como Victimas del Conflicto Armado a la Justicia, la Verdad, la Reparacion y la No Repeticion.
- l. El Programa de Acompanamiento Psicosocial para Mujeres Desplazadas.
- m. El Programa de Eliminacion de las Barreras de Acceso al Sistema de Proteccion por las Mujeres Desplazadas.
- Se ORDENA al Director de Accion Social que garantice que cada uno de estos programas cumpla en su diseno e implementacion con las condiciones y los elementos minimos de racionalidad descritos en detalle en la seccion V.B. de la presente providencia. En particular, se ORDENA al Director de Accion Social que garantice la participacion activa y efectiva, en el diseno e implementacion de estos trece programas, de las organizaciones que velan por los derechos de las mujeres desplazadas en el pais, tal y como se explico en detalle en la seccion V.B. del presente Auto, y en particular de aquellas a las que se comunicara la presente providencia en el numeral
- sexto. subsiguiente.
- Cuarto. Para asegurar la respuesta diferencial del Estado colombiano al impacto desproporcionado del desplazamiento forzado sobre las mujeres, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas necesarias para garantizar que las dos presunciones constitucionales que amparan a las mujeres desplazadas en tanto sujetos de proteccion constitucional reforzada, descritas en las secciones V.A.8. y V.C. de la presente providencia, sean incorporadas al SNAIPD y conocidas, comprendidas y aplicadas adecuadamente por todos los funcionarios encargados de velar por los derechos de las mujeres desplazadas.
- Quinto. Se COMUNICA el contenido de la presente providencia al Procurador General de la Nacion, al Defensor del Pueblo y al Contralor General de la Republica, para que dentro de su orbita de competencia adopten las medidas a las que considere que haya lugar, con miras a proteger de la manera mas efectiva los derechos fundamentales de las mujeres, jovenes, ninas y adultas mayores desplazadas por el conflicto armado colombiano, en cumplimiento de la presente providencia. Se URGE a los senores Procurador General de la Nacion, Contralor General de la Republica y Defensor del Pueblo que ejerzan sus atribuciones constitucionales de la manera mas estricta posible para garantizar la restitucion de los derechos de las mujeres desplazadas a traves de las medidas que se ordenan en la presente providencia, y se les SOLICITA que, segun lo consideren conveniente, informen a la Corte sobre el cumplimiento de las mismas, y sobre las medidas que han adoptado desde sus respectivas esferas de competencia para garantizar el goce efectivo de los derechos de las afectadas.
- Sexto. Se COMUNICA el contenido de la presente providencia al representante del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), al representante del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH), y al representante de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito en Colombia (UNODC).
- Septimo. Para garantizar la mas amplia participacion de las organizaciones nacionales e internacionales que promueven los derechos de la mujer desplazada en Colombia en el proceso de cumplimiento de las ordenes impartidas en la presente providencia, y en particular en los procesos de (i) diseno e implementacion de los trece Proyectos cuya creacion aqui se ordena, asi como de (ii) acompanamiento a las victimas del desplazamiento forzado, se COMUNICA el presente Auto a las siguientes organizaciones: (1) CODHES; (2) Corporacion Casa de la Mujer; (3) Corporacion Sisma Mujer; (4) Liga de Mujeres Desplazadas; (5) AFRODES; (6) PROFAMILIA; (7) Comision de Seguimiento a la Politica Publica sobre el Desplazamiento Forzado; (8) Plan Internacional; (9) Comite Internacional de la Cruz Roja; (10) Amnistia Internacional; (11) Human Rights Watch; (12) Comision Colombiana de Juristas; (13) Comision Intereclesial Justicia y Paz; (14) Asociacion Nacional de Mujeres Campesinas, Negras e Indigenas de Colombia (ANMUCIC); (15) Red Nacional de Mujeres Desplazadas; (16) Mesa de Trabajo Mujer y Conflicto Armado; (17) Consejo Noruego para Refugiados; (18) Corporacion Opcion Legal; (19) Pastoral Social de la Iglesia Catolica; (20) la Mesa Nacional de Fortalecimiento a Organizaciones de Poblacion Desplazada; (21) UNICEF; (22) ONIC; (23) Conferencia Nacional de Organizaciones Afrocolombianas; (24) Comision Interamericana de Derechos Humanos; (25) Organizacion Femenina Popular; (26) Ruta Pacifica de Mujeres; (27) Comite de America Latina y el Caribe para la defensa de los derechos de la mujer (CLADEM).
- Octavo. Se COMUNICA el presente Auto a la Consejera Presidencial para la Equidad de la Mujer.
- Noveno. Para proteger los derechos fundamentales de las seiscientas (600) mujeres individuales cuya situacion ha sido acreditada ante la Corte Constitucional, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas siguientes:
- 1. Para proteger los derechos de la ciudadana RAMONITA ACOSTA, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.1.
- 2.. Para proteger los derechos de la ciudadana NAYIBER ACOSTA CARDENAS, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.2.
- 3. Para proteger los derechos de la ciudadana MYRIAM ISMERY ACUNA GARCIA, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.3.
- 4. Para proteger los derechos de la ciudadana MARTA LIGIA ADARVE JIMENEZ, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.4.
- 5. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA NUBIA AGUALIMPIA ARMIJO, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.5.
- 6. Para proteger los derechos de la ciudadana OLGA LUCIA AGUIRRE ARENAS, desplazada por el conflicto armado en Bogota, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.6.
- 7. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA FABIOLA AIZALES AGUDELO, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.7.
- 8. Para proteger los derechos de la ciudadana LOURDES CELMIRA ALBA SIERRA, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.8.
- 9. Para proteger los derechos de la ciudadana YOMAIRA ESTHER ALMEIDA ESCUDERO, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.9.
- 10. Para proteger los derechos de la ciudadana ROSA MARIA ALVARADO DE PINEDA, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.10.
- 11. Para proteger los derechos de la ciudadana VIVIANA ALVAREZ ESPINOSA, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.11.
- 12. Para proteger los derechos de la ciudadana ADELAIDA AMADOR ARRIETA, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.12.
- 13. Para proteger los derechos de la ciudadana CANDELARIA AMARIO BORJA, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.13.
- 14. Para proteger los derechos de la ciudadana ANA MAYERLY AMAYA PINEDA, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.14.
- 15. Para proteger los derechos de la ciudadana MIRIAM ANDRADE IPUS, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.15.
- 16. Para proteger los derechos de la ciudadana GLORIA CENEIDA ANGEL ALVAREZ, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.16.
- 17. Para proteger los derechos de la ciudadana ROSALBA AGUIRRE ANGULO, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.17.
- 18. Para proteger los derechos de la ciudadana LUCILA ALARCON URREGO, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.18.
- 19. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA ALFIDIA DEL CARMEN AMAYA ROMERO, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.19.
- 20. Para proteger los derechos de la ciudadana MARGARITA ANZOLA DE SAMUDIO, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.20.
- 21. Para proteger los derechos de la ciudadana LUZ DARY ARANGO, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.21.
- 22. Para proteger los derechos de la ciudadana LUZ MARY ARANGO CEVALLOS, desplazada por el conflicto armado en Buga, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.22.
- 23. Para proteger los derechos de la ciudadana YOMAR ANDREA ARANGO JARAMILLO, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.23.
- 24. Para proteger los derechos de la ciudadana ADELAIDA ARBOLEDA GOMEZ, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.24.
- 25. Para proteger los derechos de la ciudadana LILIANA MARIA ARBOLEDA VELASQUEZ, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.25.
- 26. Para proteger los derechos de la ciudadana BLANCA OMAIRA AREVALO SANCHEZ, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.26.
- 27. Para proteger los derechos de la ciudadana YOLANDA ARIAS LONDONO, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.27.
- 28. Para proteger los derechos de la ciudadana JOSEFINA ARISMENDI, desplazada por el conflicto armado en Landazuri (Santander), se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.28.
- 29. Para proteger los derechos de la ciudadana CANDIDA ARRIETA BELLO, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.29.
- 30. Para proteger los derechos de la ciudadana ANA HORTENSIA ARRIETA BORJA, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.30.
- 31. Para proteger los derechos de la ciudadana LUZ DARY ARROYAVE OSPINA, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.31.
- 32. Para proteger los derechos de la ciudadana ARACELY ARROYAVE SILVA, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.32.
- 33. Para proteger los derechos de la ciudadana LEYDI JOHANA ARROYO MOSQUERA, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.33.
- 34. Para proteger los derechos de la ciudadana ESMERALDA ATENCIO VASQUEZ, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.34.
- 35. Para proteger los derechos de la ciudadana OVIDIA AVILA, desplazada por el conflicto armado en Bogota, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.35.
- 36. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA DE LA CRUZ AYALA ARCES, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.36.
- 37. Para proteger los derechos de la ciudadana DENIS BALLESTERO, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.37.
- 38. Para proteger los derechos de la ciudadana MARGOTH BANKEZ DE ALVAREZ, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.38.
- 39. Para proteger los derechos de la ciudadana SIGNUBIA BAQUERO ROJAS, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.39.
- 40. Para proteger los derechos de la ciudadana ROSA DELIA BAQUERO DE BUSTOS, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.40.
- 41. Para proteger los derechos de la ciudadana MATILDE BARBOSA AGREDA, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.41.
- 42. Para proteger los derechos de la ciudadana RUTH BARBOSA MORENO, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.42.
- 43. Para proteger los derechos de la ciudadana YENNY PAOLA BARBOSA MORENO, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.43.
- 44. Para proteger los derechos de la ciudadana EMILCE BARBOSA VARGAS, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.44.
- 45. Para proteger los derechos de la ciudadana DEYANIRE BARINAS LOPEZ, desplazada por el conflicto armado en Landazuri (Santander), se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.45.
- 46. Para proteger los derechos de la ciudadana MARILUZ BARRAGAN RUIZ, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.46.
- 47. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA DEL CARMEN BARRETO DE DIAZ, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.47.
- 48. Para proteger los derechos de la ciudadana FLORALBA ESTHER BARRETO ESPINOSA, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.48.
- 49. Para proteger los derechos de la ciudadana MARTHA ROCIO BARRETO TORRES, desplazada por el conflicto armado en Silvania (Cundinamarca), se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.49.
- 50. Para proteger los derechos de la ciudadana LIBIA AMENCY BARRIOS RAMIREZ, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.50.
- 51. Para proteger los derechos de la ciudadana LUZ MARINA BARRIOS SANCHEZ, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.51.
- 52. Para proteger los derechos de la ciudadana OMAIDA DEL CARMEN BASILIO, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.52.
- 53. Para proteger los derechos de la ciudadana LUZ MILA BATALLA RIASCOS, desplazada por el conflicto armado en Tulua, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.53.
- 54. Para proteger los derechos de la ciudadana LEDYS BARBARA BATISTA OROZCO, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.54.
- 55. Para proteger los derechos de la ciudadana ELVIRA BAUTISTA BELTRAN, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.55.
- 56. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA DEL CARMEN BEDOYA, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.56.
- 57. Para proteger los derechos de la ciudadana LUZ MERY BEDOYA NEGRETE, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.57.
- 58. Para proteger los derechos de la ciudadana YOLIMA BEDOYA RAMOS, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.58.
- 59. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA EVELSI BELTRAN, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.59.
- 60. Para proteger los derechos de la ciudadana SANTA FELIPA BELTRAN HERNANDEZ, desplazada por el conflicto armado en Sincelejo, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.60.
- 61. Para proteger los derechos de la ciudadana BLANCA CECILIA BELTRAN MARTINEZ, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.61.
- 62. Para proteger los derechos de la ciudadana YAJAIRA MARIA BELTRAN SIRGET, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.62.
- 63. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA TELMA BELTRAN URREGO, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.63.
- 64. Para proteger los derechos de la ciudadana LUZ DELMIRA BERMUDEZ BUSTOS, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.64.
- 65. Para proteger los derechos de la ciudadana ELIZABETH BERMUDEZ CARDENAS, desplazada por el conflicto armado en Santa Marta, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.65.
- 66. Para proteger los derechos de la ciudadana GEORGINA BERMUDEZ GRUESO, desplazada por el conflicto armado en Cali, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.66.
- 67. Para proteger los derechos de la ciudadana MARGOT BERNAL CORTES, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.67.
- 68. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA ALBENIS BERNAL GUZMAN, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.68.
- 69. Para proteger los derechos de la ciudadana MERCEDES BERNAL VEGA, desplazada por el conflicto armado en Bogota, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.69.
- 70. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA MERCEDES BLANCO MONTES, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.70.
- 71. Para proteger los derechos de la ciudadana BARBARA BLANCO ORTEGA, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.71.
- 72. Para proteger los derechos de la ciudadana JUDITH BLANDON PEREZ, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.72.
- 73. Para proteger los derechos de la ciudadana ISLOVENIA BOHORQUEZ PADILLA, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.73.
- 74. Para proteger los derechos de la ciudadana YANETH ANGELICA BOHORQUEZ ROMERO, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.74.
- 75. Para proteger los derechos de la ciudadana YANETH MARIA BOLANOS MERCADO, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.75.
- 76. Para proteger los derechos de la ciudadana ARGEMIRA BONILLA LOPEZ, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.76.
- 77. Para proteger los derechos de la ciudadana HEIDY JUDITH BRAVO LEON, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.77.
- 78. Para proteger los derechos de la ciudadana CARMEN SOFIA BUELVAS, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.78.
- 79. Para proteger los derechos de la ciudadana ROSA INES BUITRAGO GIRALDO, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.79.
- 80. Para proteger los derechos de la ciudadana MERY CLAUDIA BURGOS, desplazada por el conflicto armado en Pasto, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.80.
- 81. Para proteger los derechos de la ciudadana NANCY BURGOS CHAVEZ, desplazada por el conflicto armado en Pasto, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.81.
- 82. Para proteger los derechos de la ciudadana SIRIA ROCIO CABRERA PALACIOS, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.82.
- 83. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA GRISELDA CALDERON DE ARANGO, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.83.
- 84. Para proteger los derechos de la ciudadana ANA MARIA CALDERON BRAVO, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.84.
- 85. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA BERNARDA CALDERON MAHECHA, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.85.
- 86. Para proteger los derechos de la ciudadana SUSANA CALDERON TANGARIFE, desplazada por el conflicto armado en Bogota, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.86.
- 87 Para proteger los derechos de la ciudadana ANA JUDITH CAMACHO CRUZ, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.87.
- 88. Para proteger los derechos de la ciudadana ADA FRANCISCA CAMANO PINEDA, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.88.
- 89. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA DEL CARMEN CANDIL DE LEON, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.89.
- 90. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA LUZ MARINA CANO VALLEJO, desplazada por el conflicto armado en Andes (Antioquia), se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.90.
- 91. Para proteger los derechos de la ciudadana FLOR ALBA CANTOR DE BEJARANO, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.91.
- 92. Para proteger los derechos de la ciudadana ARGELIA CARABALLO TAJAN, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.92.
- 93. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA AZUCENA CARDENAS BELLO, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.93.
- 94. Para proteger los derechos de la ciudadana GLORIA PATRICIA CARDONA CANAVERAL, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.94.
- 95. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA ELENA CARDONA CIFUENTES, desplazada por el conflicto armado en Bogota, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.95.
- 96. Para proteger los derechos de la ciudadana OLIVA ROSA CARDONA DE QUINTERO, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.96.
- 97. Para proteger los derechos de la ciudadana NEVIS CARMONA CHIMA, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.97.
- 98. Para proteger los derechos de la ciudadana ELIANA CARRILLO MONCADA, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.98.
- 99. Para proteger los derechos de la ciudadana ELA ESTHER CARRILLO MOVILLA, desplazada por el conflicto armado en Santa Marta, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.99.
- 100. Para proteger los derechos de la ciudadana JUANA LEONOR CARRILLO DE PADILLA, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.100.
- 101. Para proteger los derechos de la ciudadana MARTHA CARTAGENA CORTES, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.101.
- 102. Para proteger los derechos de la ciudadana CONSUELO DEL CARMEN CASTANEDA GUARIN, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.102.
- 103. Para proteger los derechos de la ciudadana ESPERANZA CASTRILLON OCAMPO, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.103.
- 104. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA DEL CARMEN CASTRO, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.104.
- 105. Para proteger los derechos de la ciudadana PABLA CASTRO TEHERAN, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.105.
- 106. Para proteger los derechos de la ciudadana DELIA ESTHER CASTRO VASQUEZ, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.106.
- 107. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA INES CASTILLO DE URREA, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.107.
- 108. Para proteger los derechos de la ciudadana ANGELA MARIA CASTRO HENAO, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.108.
- 109. Para proteger los derechos de la ciudadana NEMECIA CERDA USUGA, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.109.
- 110. Para proteger los derechos de la ciudadana LAURA BRIGITTE CESPEDES CRIALES, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.110.
- 111. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA ESNEDA CHAGUALA GARCIA, desplazada por el conflicto armado en Palmira (Valle), se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.111.
- 112. Para proteger los derechos de la ciudadana OLGA MARINA CHAMORRO, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.112.
- 113. Para proteger los derechos de la ciudadana DIVA ERMIDA CHAMORRO ORTEGA, desplazada por el conflicto armado en Sincelejo, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.113.
- 114. Para proteger los derechos de la ciudadana MADIS MARGOTH CHAMORRO RIVERO, desplazada por el conflicto armado en Sincelejo, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.114.
- 115. Para proteger los derechos de la ciudadana DORA ELBENIS CHAVERRA, desplazada por el conflicto armado en Itagui (Antioquia), se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.115.
- 116. Para proteger los derechos de la ciudadana SONIA AMPARO CHAVERRA, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.116.
- 117. Para proteger los derechos de la ciudadana CLAUDIA MILENA CHAVERRA ROJAS, desplazada por el conflicto armado en Bello (Antioquia), se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.117.
- 118. Para proteger los derechos de la ciudadana ESTEBANA DEL CARMEN CHAVEZ AGOSTA, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.118.
- 119. Para proteger los derechos de la ciudadana DAMARIS CHIQUILLO SALAS, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.119.
- 120. Para proteger los derechos de la ciudadana MATILDE CHIQUILLO SALAS, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.120.
- 121. Para proteger los derechos de la ciudadana IRIS YOLANDA COLINA, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.121.
- 122. Para proteger los derechos de la ciudadana NORFA COLON GUZMAN, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.122.
- 123. Para proteger los derechos de la ciudadana NILSA CONTRERAS ABRIL, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.123.
- 124. Para proteger los derechos de la ciudadana MARYNELSY CONTRERAS SUAREZ, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.124.
- 125. Para proteger los derechos de la ciudadana YADIRIS CORONADO, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.125.
- 126. Para proteger los derechos de la ciudadana ANA MARIA CORONADO CARDONA, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.126.
- 127. Para proteger los derechos de la ciudadana GLENIS PAOLA CORREA BOLANOS, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.127.
- 128. Para proteger los derechos de la ciudadana SAFITH CORREA FONTALVO, desplazada por el conflicto armado en Soledad, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.128.
- 129. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA DORIS CORTES, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.129.
- 130. Para proteger los derechos de la ciudadana SANDRA YOHANA CORTES PAEZ, desplazada por el conflicto armado en Leticia (Amazonas), se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.130.
- 131. Para proteger los derechos de la ciudadana JUANA CORTEZ LUNA, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.131.
- 132. Para proteger los derechos de la ciudadana ROSA COSIO PEREA, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.132.
- 133. Para proteger los derechos de la ciudadana ANA YARLENIS CRISTO RODRIGUEZ, desplazada por el conflicto armado en Barrancabermeja, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.133.
- 134. Para proteger los derechos de la ciudadana ISLENA CRUZ CELADA, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.134.
- 135. Para proteger los derechos de la ciudadana SANDRA CRUZ PARDO, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.135.
- 136. Para proteger los derechos de la ciudadana DIANA CRUZ VERGARA, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.136.
- 137. Para proteger los derechos de la ciudadana AMINTA CUELLAR VDA. DE DEVIA, desplazada por el conflicto armado en Bogota, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.137.
- 138. Para proteger los derechos de la ciudadana ALBA LUZ CUERO, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.138.
- 139. Para proteger los derechos de la ciudadana ANA DOLORES CUERVO NARANJO, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.139.
- 140. Para proteger los derechos de la ciudadana ARACELY CULMA CANGREJO, desplazada por el conflicto armado en Villavicencio, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.140.
- 141. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA LUISA CURACAS BRAVO, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.141.
- 142. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA ROSA DAVID DE GRACIANO, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.142.
- 143. Para proteger los derechos de la ciudadana GLORIA ESTHER DAZA DIAZ, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.143.
- 144. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA DOLORES DAZA DIAZ, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.144.
- 145. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA DUYIMILSE DAZA TALERO, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.145.
- 146. Para proteger los derechos de la ciudadana NEILA DE LA ROSA MUNOZ, desplazada por el conflicto armado en Sincelejo, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.146.
- 147. Para proteger los derechos de la ciudadana OLGA DE LA ROSA MUNOZ, desplazada por el conflicto armado en Sincelejo, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.147.
- 148. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA ELENID DIAZ, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.148.
- 149. Para proteger los derechos de la ciudadana ANA ISABEL DIAZ LUCUARA, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.149.
- 150. Para proteger los derechos de la ciudadana FANNY ARAMITA DIMAS CARDENAS, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.150.
- 151. Para proteger los derechos de la ciudadana RUBIELA DUQUE GUALDRON, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.151.
- 152. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA CONSUELO ECHAVARRIA, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.152.
- 153. Para proteger los derechos de la ciudadana ODILIA CARMENZA ENRIQUEZ ENRIQUEZ, desplazada por el conflicto armado en Cali, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.153.
- 154. Para proteger los derechos de la ciudadana JUDITH DEL CARMEN ERAZO ACOSTA, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.154.
- 155. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA DEL CARMEN ESPINEL ESPINOSA, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.155.
- 156. Para proteger los derechos de la ciudadana GLADIS FLOREZ BARONA, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.156.
- 157. Para proteger los derechos de la ciudadana JENNY PATRICIA GALINDO, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.157.
- 158. Para proteger los derechos de la ciudadana ARGENIS MARIA GALINDO BARRAGAN, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.158.
- 159. Para proteger los derechos de la ciudadana YOLIMA GALINDO GALLEGO, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.159.
- 160. Para proteger los derechos de la ciudadana GLORIA LILIANA GALLEGO LOPEZ, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.160.
- 161. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA ILDUARA GALVIS DE GALVIS, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.161.
- 162. Para proteger los derechos de la ciudadana BLANCA MARIA GAONA AMADO, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.162.
- 163. Para proteger los derechos de la ciudadana AURORA GARCIA, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.163.
- 164. Para proteger los derechos de la ciudadana AMPARO GARCIA BAUTISTA, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.164.
- 165. Para proteger los derechos de la ciudadana LUZ DARY GARCIA BENITEZ, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.165.
- 166. Para proteger los derechos de la ciudadana EDELMIRA GARCIA GARCIA, desplazada por el conflicto armado en Bogota, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.166.
- 167. Para proteger los derechos de la ciudadana FLOR MARIA GARCIA HERNANDEZ, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.167.
- 168. Para proteger los derechos de la ciudadana BARBARA GARCIA RODRIGUEZ, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.168.
- 169. Para proteger los derechos de la ciudadana CARMEN ALICIA GERMAN ESTRADA, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.169.
- 170. Para proteger los derechos de la ciudadana GLADIS ANGELA GIRALDO DUQUE, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.170.
- 171. Para proteger los derechos de la ciudadana LUZ DARY GIRALDO VELEZ, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.171.
- 172. Para proteger los derechos de la ciudadana DORA ALICIA GOEZ, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.172.
- 173. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA DE LOS ANGELES GOEZ DE GIRALDO, desplazada por el conflicto armado en Bello (Antioquia), se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.173.
- 174. Para proteger los derechos de la ciudadana YURIS DEL CARMEN GOMEZ, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.174.
- 175. Para proteger los derechos de la ciudadana LUZ ESTELLA GOMEZ GONZALEZ, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.175.
- 176. Para proteger los derechos de la ciudadana ANA LUCIA GOMEZ RIOS, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.176.
- 177. Para proteger los derechos de la ciudadana MARINA GOMEZ RODRIGUEZ, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.177.
- 178. Para proteger los derechos de la ciudadana LUZ MELBI GOMEZ ROSERO, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.178.
- 179. Para proteger los derechos de la ciudadana MAESTRELAUDINA GONZALEZ, desplazada por el conflicto armado en Bogota, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.179.
- 180. Para proteger los derechos de la ciudadana OLIVA GONZALEZ, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.180.
- 181. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA EUGENIA GONZALEZ CHAVARRO, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.181.
- 182. Para proteger los derechos de la ciudadana CECILIA GONZALEZ FIERRO, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.182.
- 183. Para proteger los derechos de la ciudadana NEYCE GONZALEZ GALEANO, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.183.
- 184. Para proteger los derechos de la ciudadana MARGOT GONZALEZ GAMBOA, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.184.
- 185. Para proteger los derechos de la ciudadana HERMINIA GONZALEZ GUZMAN, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.185.
- 186. Para proteger los derechos de la ciudadana MERY LEONOR GONZALEZ LOAIZA, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.186.
- 187. Para proteger los derechos de la ciudadana ZORAIDA GONZALEZ QUIGUA, desplazada por el conflicto armado en Santander de Quilichao, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.187.
- 188. Para proteger los derechos de la ciudadana ROSA GONZALEZ RAMIREZ, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.188.
- 189. Para proteger los derechos de la ciudadana ROSA MARIA GONZALEZ RODRIGUEZ, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.189.
- 190. Para proteger los derechos de la ciudadana YANIRIS GONZALEZ TUIRAN, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.190.
- 191. Para proteger los derechos de la ciudadana PRECELIA GONZALEZ DE VILLAMIL, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.191.
- 192. Para proteger los derechos de la ciudadana FLOR MARIA GORDILLO RINTA, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.192.
- 193. Para proteger los derechos de la ciudadana LUZ MARINA GRAJALES GRAJALES, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.193.
- 194. Para proteger los derechos de la ciudadana ELVA YANETH GRISALES LOPEZ, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.194.
- 195. Para proteger los derechos de la ciudadana CLAUDIA MILENA GUERRERO, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.195.
- 196. Para proteger los derechos de la ciudadana SHCHIRLE YULIETH GUEVARA URAZAN, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.196.
- 197. Para proteger los derechos de la ciudadana DIONY GUISAO CARVAJAL, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.197.
- 198. Para proteger los derechos de la ciudadana ANA ROSA GUIZA, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.198.
- 199. Para proteger los derechos de la ciudadana ALBA MARINA GUTIERREZ, desplazada por el conflicto armado en Bogota, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.199.
- 200. Para proteger los derechos de la ciudadana JACQUELINE GUTIERREZ, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.200.
- 201. Para proteger los derechos de la ciudadana LILIA INES GUZMAN DE BERNAL, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.201.
- 202. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA RUBIELA HENAO, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.202.
- 203. Para proteger los derechos de la ciudadana GLORIA INES HENAO MIRANDA, desplazada por el conflicto armado en Bello (Antioquia), se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.203.
- 204. Para proteger los derechos de la ciudadana LEIDIS HERRERA DIAZ, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.204.
- 205. Para proteger los derechos de la ciudadana AURA NORA HERNANDEZ, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.205.
- 206. Para proteger los derechos de la ciudadana EFIGENIA HERNANDEZ, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.206.
- 207. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA DIALY HERNANDEZ CASTILLO, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.207.
- 208. Para proteger los derechos de la ciudadana MARI LUZ HERNANDEZ GONZALEZ, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.208.
- 209. Para proteger los derechos de la ciudadana CARLINA HERNANDEZ VDA. DE MOSQUERA, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.209.
- 210. Para proteger los derechos de la ciudadana NANCY ESTER HERNANDEZ PERALES, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.210.
- 211. Para proteger los derechos de la ciudadana CANDELARIA HERNANDEZ SAEZ, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.211.
- 212. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA ESTRELLA HERRERA GARCIA, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.212.
- 213. Para proteger los derechos de la ciudadana LILIANA HERRERA MONCADA, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.213.
- 214. Para proteger los derechos de la ciudadana AMINTA LOURDES HERRERA MORERA, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.214.
- 215. Para proteger los derechos de la ciudadana BLANCA NIEVES HERRERA MORERA, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.215.
- 216. Para proteger los derechos de la ciudadana ANA ANDICE HERRERA RAMIREZ, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.216.
- 217. Para proteger los derechos de la ciudadana BEATRIZ ROCIO HERRERA RIVERA, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.217.
- 218. Para proteger los derechos de la ciudadana LIDIA HIDALGO JIMENEZ, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.218.
- 219. Para proteger los derechos de la ciudadana LYDA HIDALGO JIMENEZ, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.219.
- 220. Para proteger los derechos de la ciudadana GLORIA ARNEY HIGUITA GIRALDO, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.220.
- 221. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA GRACIELA HOLGUIN LOPEZ, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.221.
- 222. Para proteger los derechos de la ciudadana LIGIA HOYOS LAMAR, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.222.
- 223. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA ORLANDA HUERTAS, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.223.
- 224. Para proteger los derechos de la ciudadana MARTHA MARIA HUERTAS PENA, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.224.
- 225. Para proteger los derechos de la ciudadana ELIS ESTHER HURTADO CORDOBA, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.225.
- 226. Para proteger los derechos de la ciudadana MARLENYS HURTADO CORDOBA, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.226.
- 227. Para proteger los derechos de la ciudadana RUBI MARIA HURTADO MOSQUERA, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.227.
- 228. Para proteger los derechos de la ciudadana CLARA MAYERLY IBAGON RIVERA, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.228.
- 229. Para proteger los derechos de la ciudadana ROSA MIRYAM IBARGUEN RIVAS, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.229.
- 230. Para proteger los derechos de la ciudadana ONELIA ICEDA MUNOZ, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.230.
- 231. Para proteger los derechos de la ciudadana LUZ MARINA JAIME LEMUS, desplazada por el conflicto armado en Soledad, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.231.
- 232. Para proteger los derechos de la ciudadana AMPARO JIMENEZ CERVANTES, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.232.
- 233. Para proteger los derechos de la ciudadana SANDRA MILENA JIMENEZ LARREA, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.233.
- 234. Para proteger los derechos de la ciudadana ANA LUCIA JULIO JULIO, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.234.
- 235. Para proteger los derechos de la ciudadana PASCUALA JULIO RODRIGUEZ, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.235.
- 236. Para proteger los derechos de la ciudadana ANA ROSA LAGUNA, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.236.
- 237. Para proteger los derechos de la ciudadana EIDANIS MARIA LAMADRID MONTES, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.237.
- 238. Para proteger los derechos de la ciudadana CARMELA LASSO, desplazada por el conflicto armado en Pasto, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.238.
- 239. Para proteger los derechos de la ciudadana VIRGINIA LEGUIZAMON, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.239.
- 240. Para proteger los derechos de la ciudadana GLADYS LEGUIZAMON RAMIREZ, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.240.
- 241. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA ARAMINTA LEGUIZAMON RAMIREZ, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.241.
- 242. Para proteger los derechos de la ciudadana ANA LEON PEREZ, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.242.
- 243. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA DE LA CRUZ LEON REYES, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.243.
- 244. Para proteger los derechos de la ciudadana CENAIDA LEON DE VARGAS, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.244.
- 245. Para proteger los derechos de la ciudadana GLORIA LINARES, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.245.
- 246. Para proteger los derechos de la ciudadana CARMEN LOBON MENDOZA, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.246.
- 247. Para proteger los derechos de la ciudadana LUZ MARIA LONDONO OROZCO, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.247.
- 248. Para proteger los derechos de la ciudadana GLORIA MARIA LONDRES DUQUE, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.248.
- 249. Para proteger los derechos de la ciudadana FLOR MARIA LOPEZ ATEHORTUA, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.249.
- 250. Para proteger los derechos de la ciudadana ZORAIDA LOPEZ HIGINIO, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.250.
- 251. Para proteger los derechos de la ciudadana PAOLA MILENA LOPEZ RICO, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.251.
- 252. Para proteger los derechos de la ciudadana MARTHA ISABEL LOPEZ RUEDA, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.252.
- 253. Para proteger los derechos de la ciudadana ELISABETH LOPEZ VEGA, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.253.
- 254. Para proteger los derechos de la ciudadana MARISOL LOZADA FORERO, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.254.
- 255. Para proteger los derechos de la ciudadana JULIETH LUGO, desplazada por el conflicto armado en Villavicencio, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.255.
- 256. Para proteger los derechos de la ciudadana LUZ MARINA MACABARE RINCON, desplazada por el conflicto armado en Puerto Carreno, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.256.
- 257. Para proteger los derechos de la ciudadana LUCILA ESTHER MACEA MARQUEZ, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.257.
- 258. Para proteger los derechos de la ciudadana NIDIA ROSA MACEA MARQUEZ, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.258.
- 259. Para proteger los derechos de la ciudadana ZENAIDA MACIAS URREA, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.259.
- 260. Para proteger los derechos de la ciudadana VILVIA MAHECHA VANEGAS, desplazada por el conflicto armado en Bogota, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.260.
- 261. Para proteger los derechos de la ciudadana LUZ STELLA MARIBON VALENCIA, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.261.
- 262. Para proteger los derechos de la ciudadana MARITZA MARIMON ARRIETA, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.262.
- 263. Para proteger los derechos de la ciudadana MARILIS MARIMON LOBO, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.263.
- 264. Para proteger los derechos de la ciudadana INES MARIN LOPEZ, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.264.
- 265. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA TERESA MARIN NARVAEZ, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.265.
- 266. Para proteger los derechos de la ciudadana TERESITA MARQUEZ SAMANIEGO, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.266.
- 267. Para proteger los derechos de la ciudadana TERESA DE JESUS MARRUGO CASSIANI, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.267.
- 268. Para proteger los derechos de la ciudadana ANA ELVIA MARTINEZ, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.268.
- 269. Para proteger los derechos de la ciudadana MARLENY MARTINEZ, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.269.
- 270. Para proteger los derechos de la ciudadana ANA DILIA MARTINEZ ASPRILLA, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.270.
- 271. Para proteger los derechos de la ciudadana LILIANA YAMILE MARTINEZ MORA, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.271.
- 272. Para proteger los derechos de la ciudadana MARINA MARTINEZ MORENO, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.272.
- 273. Para proteger los derechos de la ciudadana SANDRA MARTINEZ PATERNINA, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.273.
- 274. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA EFIGENIA MARTINEZ ROMERO, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.274.
- 275. Para proteger los derechos de la ciudadana ALBA ROCIO MARTINEZ ZUBIETA, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.275.
- 276. Para proteger los derechos de la ciudadana SANDRA PATRICIA MASETO, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.276.
- 277. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA ISNELDA MAYORGA, desplazada por el conflicto armado en Bogota, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.277.
- 278. Para proteger los derechos de la ciudadana DIANA MECHECHE NAMPIA, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.278.
- 279. Para proteger los derechos de la ciudadana FANNY MEDINA MAHECHA, desplazada por el conflicto armado en Bogota, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.279.
- 280. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA JUDITH MEDINA MAHECHA, desplazada por el conflicto armado en Bogota, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.280.
- 281. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIELA MEDINA MAHECHA, desplazada por el conflicto armado en Bogota, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.281.
- 282. Para proteger los derechos de la ciudadana MYRIAM MEDINA MAHECHA, desplazada por el conflicto armado en Bogota, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.282.
- 283. Para proteger los derechos de la ciudadana ADEIMA MEDINA MORENO, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.283.
- 284. Para proteger los derechos de la ciudadana OMAIRA MEDINA VARGAS, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.284.
- 285. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA DEL CARMEN MEJIA, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.285.
- 286. Para proteger los derechos de la ciudadana YAJAIRA ALACENIN MEJIA PINTO, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.286.
- 287. Para proteger los derechos de la ciudadana LEIDIS JOHANA MEJIA QUINTERO, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.287.
- 288. Para proteger los derechos de la ciudadana ENRIQUETA MENA MOYA, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.288.
- 289. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA ZULIA MENA PALOMEQUE, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.289.
- 290. Para proteger los derechos de la ciudadana MARLITH MENDOZA MENDOZA, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.290.
- 291. Para proteger los derechos de la ciudadana SORAIDA ISABEL MERCADO CARRILLO, desplazada por el conflicto armado en Soledad, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.291.
- 292. Para proteger los derechos de la ciudadana GRISELDA MERCHAN, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.292.
- 293. Para proteger los derechos de la ciudadana LUZ YANET MERCHAN, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.293.
- 294. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA MESA BLANCO, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.294.
- 295. Para proteger los derechos de la ciudadana YANIDIS ISABEL MESA RIVERO, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.295.
- 296. Para proteger los derechos de la ciudadana ANA FELICIA MIRANDA ARIAS, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.296.
- 297. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA MONROY PUERTA, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.297.
- 298. Para proteger los derechos de la ciudadana JOHANA ISABEL MONTALVO ACUNA, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.298.
- 299. Para proteger los derechos de la ciudadana HORTENCIA MONTANA, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.299.
- 300. Para proteger los derechos de la ciudadana LUZ MARINA MONTANEZ SEGURA, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.300.
- 301Para proteger los derechos de la ciudadana YURI ARGENIS MONTENEGRO FONSECA, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.301
- 302. Para proteger los derechos de la ciudadana JULIA MONTES DE LAMADRID, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.302.
- 303. Para proteger los derechos de la ciudadana MARGARITA MONTES PATERNINA, desplazada por el conflicto armado en Bogota, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.303.
- 304. Para proteger los derechos de la ciudadana CARMEN MONTERROSA ZUNIGA, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.304.
- 305. Para proteger los derechos de la ciudadana OLGA MONTERROZA ARRIETA, desplazada por el conflicto armado en Sincelejo, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.305.
- 306. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIELA MONTIEL DE SARMIENTO, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.306.
- 307. Para proteger los derechos de la ciudadana CLAUDIA PATRICIA MONTOYA, desplazada por el conflicto armado en Envigado, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.307.
- 308. Para proteger los derechos de la ciudadana MARTHA OLIVA MONTOYA GARCIA, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.308.
- 309. Para proteger los derechos de la ciudadana DEYANIRA MOOR MADRIGAL, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.309.
- 310. Para proteger los derechos de la ciudadana MARTHA CECILIA MORALES AYALA, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.310.
- 311. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA DEL CARMEN MORALES GONZALEZ, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.311.
- 312. Para proteger los derechos de la ciudadana FLOR ELVIA MORALES MELO, desplazada or el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.312.
- 313. Para proteger los derechos de la ciudadana LUZ FANNY MORALES RODRIGUEZ, desplazada por el conflicto armado en San Juan de Arama (Meta), se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.313.
- 314. Para proteger los derechos de la ciudadana YASMITH MORALES PRECIADO, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.314.
- 315. Para proteger los derechos de la ciudadana EDILSA MORENO, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.315.
- 316. Para proteger los derechos de la ciudadana FLOR MARINA MORENO, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.316.
- 317. Para proteger los derechos de la ciudadana FLORICEIDA MORENO, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.317.
- 318. Para proteger los derechos de la ciudadana MARLENY MORENO ARIAS, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.318
- 319. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA DEL CARMEN MORENO CUESTA, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.319.
- 320. Para proteger los derechos de la ciudadana AIDA MORENO RODRIGUEZ, desplazada por el conflicto armado en Santa Marta, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.320.
- 321. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA CARMEN MORERA, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.321.
- 322. Para proteger los derechos de la ciudadana CELESTINA MOSQUERA ANDRADE, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.322.
- 323. Para proteger los derechos de la ciudadana DORA EDIANNY MOSQUERA QUINTO, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.323.
- 324. Para proteger los derechos de la ciudadana MARLENY MOSQUERA SUAREZ, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.324.
- 325. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA LETICIA MUNERA MUNERA, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.325.
- 326. Para proteger los derechos de la ciudadana NUBIA MILENA MUNOZ, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.326.
- 327. Para proteger los derechos de la ciudadana LIRIA MUNOZ BARRIOS, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.327.
- 328. Para proteger los derechos de la ciudadana SANDRA MUNOZ TERAN, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.328.
- 329. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA DEL CARMEN MURCIA, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.329.
- 330. Para proteger los derechos de la ciudadana MARY LUZ MURCIA TOLEDO, desplazada por el conflicto armado en Florencia (Caqueta), se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.330.
- 331. Para proteger los derechos de la ciudadana GLORIA INES MURILLO ACEVEDO, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.331.
- 332. Para proteger los derechos de la ciudadana ANA JULIA MURILLO LOPEZ, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.332.
- 333. Para proteger los derechos de la ciudadana DAMARIS NAVARRO, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.333.
- 334. Para proteger los derechos de la ciudadana NURY YORLEDY NAVARRO HOLGUIN, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.334.
- 335. Para proteger los derechos de la ciudadana GLORIA ESTHER NAVARRO NAVARRO, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.335.
- 336. Para proteger los derechos de la ciudadana ISABEL MARIA NAVARRO TAPIAS, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.336.
- 337. Para proteger los derechos de la ciudadana MIRIAM JANETH NAVARRO TAPIAS, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.337.
- 338. Para proteger los derechos de la ciudadana ANA NARVAEZ, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.338.
- 339. Para proteger los derechos de la ciudadana ELVIRA NEIRA, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.339.
- 340. Para proteger los derechos de la ciudadana FLOR ALBA NEIRA DE MOJICA, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.340.
- 341. Para proteger los derechos de la ciudadana MARTHA CECILIA NISPERUZA CHARRAS, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.341.
- 342. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA MARTINA NUNEZ SAA, desplazada por el conflicto armado en Buga, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.342.
- 343. Para proteger los derechos de la ciudadana RUTH BELIA NUPAN PUPIALES, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.343.
- 344. Para proteger los derechos de la ciudadana AMANDA DE JESUS OCAMPO OCAMPO, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.344.
- 345. Para proteger los derechos de la ciudadana GLORIA OCHICA CORTES, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.345.
- 346. Para proteger los derechos de la ciudadana ROSALBA OLAYA PENA, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.346.
- 347. Para proteger los derechos de la ciudadana AMINTA OLAYA DE RUBIO, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.347.
- 348. Para proteger los derechos de la ciudadana ADRIANA CRISTINA OLIVERA MARTINEZ, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.348.
- 349. Para proteger los derechos de la ciudadana AURA ESTHER ORDOSGUITIA, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.349.
- 350. Para proteger los derechos de la ciudadana AGNERIS ROSA OROZCO, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.350.
- 351. Para proteger los derechos de la ciudadana ANA LUZ ORTEGA VASQUEZ, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.351.
- 352. Para proteger los derechos de la ciudadana AMELIA ORTILA BAUTISTA, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.352.
- 353. Para proteger los derechos de la ciudadana DUNIA ORTIZ DORIA, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.353.
- 354. Para proteger los derechos de la ciudadana AMANDA DE JESUS ORTIZ ORTIZ, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.354.
- 355. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA CENOBIA OSORIO VALENCIA, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.355.
- 356. Para proteger los derechos de la ciudadana MERIYAN OSMA FANDINO, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.356.
- 357. Para proteger los derechos de la ciudadana ROSALBA OSORNO GALLO, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.357.
- 358. Para proteger los derechos de la ciudadana YEINY LORENA OSPINA ANDRADE, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.358.
- 359. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA MARLENI OSSA HOLGUIN, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.359.
- 360. Para proteger los derechos de la ciudadana FABIOLA PABON SUAREZ, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.360.
- 361. Para proteger los derechos de la ciudadana OLGA MARINA PADILLA ANAYA, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.361.
- 362. Para proteger los derechos de la ciudadana KAREM PADILLA CARRILLO, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.362.
- 363. Para proteger los derechos de la ciudadana ADELIA PAIBA, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.363.
- 364. Para proteger los derechos de la ciudadana MATILDE ISABEL PAJARO DE FERIA, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.364.
- 365. Para proteger los derechos de la ciudadana EMERENCIANA PALACIOS AGUALIMPIA, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.365.
- 366. Para proteger los derechos de la ciudadana DELFINA PALACIOS IBARGUEN, desplazada por el conflicto armado en Bogota, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.366.
- 367. Para proteger los derechos de la ciudadana PIEDAD PALACIOS RAMIREZ, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.367.
- 368. Para proteger los derechos de la ciudadana GLORIA AMPARO PALMA RIVAS, desplazada por el conflicto armado en Bello (Antioquia), se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.368.
- 369. Para proteger los derechos de la ciudadana SANDRA MILENA PALMERA MARMOLEJO, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.369.
- 370. Para proteger los derechos de la ciudadana ALEIDA PALOMINO PADILLA, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.370.
- 371. Para proteger los derechos de la ciudadana VIRGELINA PARDO, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.371.
- 372. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA NELSY PARDO TRUJILLO, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.372.
- 373. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIEN ESTHER PARRA BARRETO, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.373.
- 374. Para proteger los derechos de la ciudadana TERESA ISABEL PARRA CEDENO, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.374.
- 375. Para proteger los derechos de la ciudadana MARTHA ISABEL PARRADO ROJAS, desplazada por el conflicto armado en Villavicencio, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.375.
- 376. Para proteger los derechos de la ciudadana ELIDA PAYARES GARCIA, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.376.
- 377. Para proteger los derechos de la ciudadana AMALIA PENA ALMONACID, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.377.
- 378. Para proteger los derechos de la ciudadana LUZ MARINA PENA ALMONACID, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.378.
- 379. Para proteger los derechos de la ciudadana BERENA PERALTA CARDENAS, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.379.
- 380. Para proteger los derechos de la ciudadana CARMEN ROCIO PERDOMO, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.380.
- 381. Para proteger los derechos de la ciudadana DAYSI MILENA PEREZ CORTES, desplazada por el conflicto armado en Bogota, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.381.
- 382. Para proteger los derechos de la ciudadana YARLIS PEREZ MENDOZA, desplazada por el conflicto armado en Bogota, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.382.
- 383. Para proteger los derechos de la ciudadana LUZ MARLENE PERILLA, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.383.
- 384. Para proteger los derechos de la ciudadana BLANCA ISABEL PIMIENTA DE CHACON, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.384.
- 385. Para proteger los derechos de la ciudadana DORA EMMA PINEDA ALVARADO, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.385.
- 386. Para proteger los derechos de la ciudadana CECILIA PINEDA TOLOSA, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.386.
- 387. Para proteger los derechos de la ciudadana YEIMMY PINEDA TOLOSA, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.387.
- 388. Para proteger los derechos de la ciudadana LUZ AMPARO POLANCO ESQUIVEL, desplazada por el conflicto armado en Neiva, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.388.
- 389. Para proteger los derechos de la ciudadana ELODIA POLO POLO, desplazada por el conflicto armado en Santa Marta, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.389.
- 390. Para proteger los derechos de la ciudadana AMERICA PONARE GAITAN, desplazada por el conflicto armado en Puerto Carreno, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.390.
- 391. Para proteger los derechos de la ciudadana ALCIRA PORRAS DE CARDENAS, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.391.
- 392. Para proteger los derechos de la ciudadana FLOR ENID POSADA, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.392.
- 393. Para proteger los derechos de la ciudadana LUZ ELENA POSADA HERNANDEZ, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.393.
- 394. Para proteger los derechos de la ciudadana LINDA VIVIANA POSADA MENESES, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.394.
- 395. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA ZORAIDA PRADA GARCIA, desplazada por el conflicto armado en Bucaramanga, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.395.
- 396. Para proteger los derechos de la ciudadana MARGOTH PRECIADO LOPEZ, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.396.
- 397. Para proteger los derechos de la ciudadana LUZ ESTHER PULIDO BEDOYA, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.397.
- 398. Para proteger los derechos de la ciudadana LUZ DARY QUICENO LOPEZ, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.398.
- 399. Para proteger los derechos de la ciudadana YAMILE QUINTERO SERRANO, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.399.
- 400. Para proteger los derechos de la ciudadana MARITZA QUIROZ, desplazada por el conflicto armado en Santa Marta, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.400.
- 401. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA TILSIA QUITIAN, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.401.
- 402. Para proteger los derechos de la ciudadana ANA LUCIA RAMIREZ, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.402.
- 403. Para proteger los derechos de la ciudadana DIANA PATRICIA RAMIREZ, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.403.
- 404. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA JOSEFINA RAMIREZ, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.404.
- 405. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA TERESA RAMIREZ, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.405.
- 406. Para proteger los derechos de la ciudadana LUZ NERY RAMIREZ MOSQUERA, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.406.
- 407. Para proteger los derechos de la ciudadana AURA RAMIREZ TORRES, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.407.
- 408. Para proteger los derechos de la ciudadana EUNICES LIBIA RAMIREZ TORRES, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.408.
- 409. Para proteger los derechos de la ciudadana LIDIA MARGOTH RAMOS DIAZ, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.409.
- 410. Para proteger los derechos de la ciudadana ANA GILMA RANGEL FORERO, desplazada por el conflicto armado en Bogota, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.410.
- 411. Para proteger los derechos de la ciudadana CECILIA REALES LIMA, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.411.
- 412. Para proteger los derechos de la ciudadana LIGIA DE JESUS RESTREPO, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.412.
- 413. Para proteger los derechos de la ciudadana DORA LUZ RESTREPO LOPEZ, desplazada por el conflicto armado en Ibague, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.413.
- 414. Para proteger los derechos de la ciudadana HORTENSIA REYES CASTRO, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.414.
- 415. Para proteger los derechos de la ciudadana DEYANIRA REYES RAMOS, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.415.
- 416. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA DEL CARMEN RIANO GARCIA, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.416.
- 417. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA ITALIA RINCON GONZALEZ, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.417.
- 418. Para proteger los derechos de la ciudadana LILIANA PATRICIA RINCON TOVAR, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.418.
- 419. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA OLIVA RINTA HERNANDEZ, desplazada por el conflicto armado en Villavicencio, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.419.
- 420. Para proteger los derechos de la ciudadana NORALBA RIVAS, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.420.
- 421. Para proteger los derechos de la ciudadana MARTHA CECILIA RIVERA CANTILLO, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.421.
- 422. Para proteger los derechos de la ciudadana KAREN RIVERA CARABALI, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.422.
- 423. Para proteger los derechos de la ciudadana DEYANIRA RIVERA MOSQUERA, desplazada por el conflicto armado en Bogota, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.423.
- 424. Para proteger los derechos de la ciudadana SIXTA ODILIA RIVERA PEREZ, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.424.
- 425. Para proteger los derechos de la ciudadana DUBIS ESTHER RIVERO CORREA, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.425.
- 426. Para proteger los derechos de la ciudadana YOLANDA ROA, desplazada por el conflicto armado en Puerto Carreno, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.426.
- 427. Para proteger los derechos de la ciudadana LILIA ROBLEDO LEMUS, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.427.
- 428. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA JOSEFINA RODAS PULGARIN, desplazada por el conflicto armado en Caldas (Antioquia), se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.428.
- 429. Para proteger los derechos de la ciudadana CANDELARIA RODRIGUEZ AMARANTO, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.429.
- 430. Para proteger los derechos de la ciudadana LUCINDA ROSA RODRIGUEZ ARRIETA, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.430.
- 431. Para proteger los derechos de la ciudadana MARINA RODRIGUEZ DIAZ, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.431.
- 432. Para proteger los derechos de la ciudadana ILMA AURORA RODRIGUEZ MENDEZ, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.432.
- 433. Para proteger los derechos de la ciudadana RUBIELA RODRIGUEZ RUEDA, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.433.
- 434. Para proteger los derechos de la ciudadana ROSALBA MARIA ROJAS FORERO, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.434.
- 435. Para proteger los derechos de la ciudadana LILIANA ROJAS LEAL, desplazada por el conflicto armado en Landazuri (Santander), se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.435.
- 436. Para proteger los derechos de la ciudadana FLOR MARIA ROJAS LOPEZ, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.436.
- 437. Para proteger los derechos de la ciudadana LUZ MARINA ROLDAN BETANCURT, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.437.
- 438. Para proteger los derechos de la ciudadana ETELVINA ROMERO, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.438.
- 439. Para proteger los derechos de la ciudadana NIRIS MARIA ROMERO RODELO, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.439.
- 440. Para proteger los derechos de la ciudadana YOLANDA ROMERO VILLAMIL, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.440.
- 441. Para proteger los derechos de la ciudadana AURA MARIA ROMO MELO, desplazada por el conflicto armado en Leticia (Amazonas), se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.441.
- 442. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA VICTORIA RUIZ, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.442.
- 443. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA NELCY RUIZ BELTRAN, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.443.
- 444. Para proteger los derechos de la ciudadana RAMOS RUBIELA RUIZ FONTECHA, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.444.
- 445. Para proteger los derechos de la ciudadana BELLANIRA RUIZ WILCHES, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.445.
- 446. Para proteger los derechos de la ciudadana SOL MARIA SALAZAR, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.446.
- 447. Para proteger los derechos de la ciudadana MERCEDES SALAZAR CARDENAS, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.447.
- 448. Para proteger los derechos de la ciudadana ANA SALCEDO FLOREZ, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.448.
- 449. Para proteger los derechos de la ciudadana LUZ MARINA SALCEDO FLOREZ, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.449.
- 450. Para proteger los derechos de la ciudadana NOHORA SALCEDO FLOREZ, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.450.
- 451. Para proteger los derechos de la ciudadana DULANIS SALGADO HERRERA, desplazada por el conflicto armado en Sincelejo, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.451.
- 452. Para proteger los derechos de la ciudadana NORA JINETH SALGADO ROMERO, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.452.
- 453. Para proteger los derechos de la ciudadana SANTA GREGORIA DE SALUDO, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.453.
- 454. Para proteger los derechos de la ciudadana EUNICE DE JESUS SAMPEDRO LOPEZ, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.454.
- 455. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA MELFI SAMPEIRO, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.455.
- 456. Para proteger los derechos de la ciudadana DANEIDA SAN MARTIN CORTES, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.456.
- 457. Para proteger los derechos de la ciudadana NINFA MAGALY SANCHEZ, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.457.
- 458. Para proteger los derechos de la ciudadana NORMERY SANCHEZ, desplazada por el conflicto armado en Villavicencio, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.458.
- 459. Para proteger los derechos de la ciudadana MIRNA SANCHEZ CARDONA, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.459.
- 460. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA EMELINA SANCHEZ GERENA, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.460.
- 461. Para proteger los derechos de la ciudadana MARITZA SANCHEZ PERILLA, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.461.
- 462. Para proteger los derechos de la ciudadana LUCERO SANPEDRO LOPEZ, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.462.
- 463. Para proteger los derechos de la ciudadana CLARA ISABEL SANTANA, desplazada por el conflicto armado en Santa Marta, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.463.
- 464. Para proteger los derechos de la ciudadana ASENETH MIGUELINA SANTANA SANPAYO, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.464.
- 465. Para proteger los derechos de la ciudadana CRISTINA SAPUY OME, desplazada por el conflicto armado en Florencia, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.465.
- 466. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA DEL ROSARIO SARABIA BUSTAMANTE, desplazada por el conflicto armado en Santa Marta, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.466.
- 467. Para proteger los derechos de la ciudadana ANA CELSA SEPULVEDA, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.467.
- 468. Para proteger los derechos de la ciudadana LUZ STELLA SEPULVEDA AREIZA, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.468.
- 469. Para proteger los derechos de la ciudadana DORA SEQUEA MONTES, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.469.
- 470. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA ANGELA SERNA RIANO, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.470.
- 471. Para proteger los derechos de la ciudadana DIANA SERRANO AYALA, desplazada por el conflicto armado en Santa Marta, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.471.
- 472. Para proteger los derechos de la ciudadana DIANIS DE JESUS SERRANO PALOMINO, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.472.
- 473. Para proteger los derechos de la ciudadana CLARA PATRICIA SIMON BERNAL, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.473.
- 474. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA LILIA SOLANO AMADO, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.474.
- 475. Para proteger los derechos de la ciudadana CONSUELO SOSA, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.475.
- 476. Para proteger los derechos de la ciudadana ROSA ELENA SOTO ESTEVEZ, desplazada por el conflicto armado en Landazuri (Santander), se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.476.
- 477. Para proteger los derechos de la ciudadana RUBIELA SOTO LEON, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.477.
- 478. Para proteger los derechos de la ciudadana NURIS DE LA CRUZ SUAREZ, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.478.
- 479. Para proteger los derechos de la ciudadana LUZ MARINA TABORDA USMA, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.479.
- 480. Para proteger los derechos de la ciudadana LILIAN DE JESUS TABORDA, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.480.
- 481. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA INES TALERO DAZA, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.481.
- 482. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA ISABELINA TAPIAS ZABALA, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.482.
- 483. Para proteger los derechos de la ciudadana NUBIA FANY TELLES PIRABAN, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.483.
- 484. Para proteger los derechos de la ciudadana ADRIS TERAN BARRIO, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.484.
- 485. Para proteger los derechos de la ciudadana GLADIS TERAN BARRIOS, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.485.
- 486. Para proteger los derechos de la ciudadana TRANSITO TIRADO ROMERO, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.486.
- 487. Para proteger los derechos de la ciudadana ELOINA DEL CARMEN TORDECILLA LLORENTE, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.487.
- 488. Para proteger los derechos de la ciudadana IRENE TORO TRILLO, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.488.
- 489. Para proteger los derechos de la ciudadana LUZ DARY DE JESUS TORO URREGO, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.489.
- 490. Para proteger los derechos de la ciudadana TILCIA MARIA TORRES, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.490.
- 491. Para proteger los derechos de la ciudadana MARTHA ISELA TORRES JULIO, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.491.
- 492. Para proteger los derechos de la ciudadana FRANCIHT TOVAR ROMERO, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.492.
- 493. Para proteger los derechos de la ciudadana CARMELINA TRELLEZ, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.493.
- 494. Para proteger los derechos de la ciudadana JAZMIN ESTELLA ULLOA MORON, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.494.
- 495. Para proteger los derechos de la ciudadana OLAIDA URANGO MIRANDA, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.495.
- 496. Para proteger los derechos de la ciudadana OLGA MARINA URAZAN GUEVARA, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.496.
- 497. Para proteger los derechos de la ciudadana EDILMA ZORAIDA URBINA PORRAS, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.497.
- 498. Para proteger los derechos de la ciudadana LIGIA URIBE CARDONA, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.498.
- 499. Para proteger los derechos de la ciudadana LUZ DARY URIBE ROJAS, desplazada por el conflicto armado en Sincelejo, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.499.
- 500. Para proteger los derechos de la ciudadana CLAUDIA AIDEE URREA AMAYA, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.500.
- 501. Para proteger los derechos de la ciudadana BETTY URREA MENDEZ, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.501.
- 502. Para proteger los derechos de la ciudadana BLANCA YIVE URREA PINEDA, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.502.
- 503. Para proteger los derechos de la ciudadana INELDA URRUCHURTO JULIO, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.503.
- 504. Para proteger los derechos de la ciudadana HERMILDA DE JESUS USUGA LOPEZ, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.504.
- 505. Para proteger los derechos de la ciudadana TERESA USUGA MORA, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.505.
- 506. Para proteger los derechos de la ciudadana LUZ FANY USUGA VELAZQUEZ, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.506.
- 507. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA EDITH VACCA SANCHEZ, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.507.
- 508. Para proteger los derechos de la ciudadana MERY VALDERRAMA ORTEGA, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.508.
- 509. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA LUCERO VALENCIA CASTANO, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.509.
- 510. Para proteger los derechos de la ciudadana YOJAIRA VALENZUELA, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.510.
- 511. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA ELVIRA VALENZUELA LOMBANA, desplazada por el conflicto armado en Bogota, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.511.
- 512. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA DEL CARMEN VALLES MORALES, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.512.
- 513. Para proteger los derechos de la ciudadana DORA IRENY VANEGAS ORTIZ, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.513.
- 514. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA IMELDA VANEGAS VACA, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.514.
- 515. Para proteger los derechos de la ciudadana CLAUDIA YANETH VARGAS FARFAN, desplazada por el conflicto armado en Villavicencio, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.515.
- 516. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIBEL VARGAS GARCES, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.516.
- 517. Para proteger los derechos de la ciudadana CARMEN ROSA VARGAS SERRANO, desplazada por el conflicto armado en Landazuri (Santander), se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.517.
- 518. Para proteger los derechos de la ciudadana LIBERTAD VASQUEZ, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.518.
- 519. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA NELLY VASQUEZ JIMENEZ, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.519.
- 520. Para proteger los derechos de la ciudadana SIMONA VELASQUEZ ORTIZ, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.520.
- 521. Para proteger los derechos de la ciudadana LUZ MIRYAM VELEZ BOLIVAR, desplazada por el conflicto armado en San Jose del Guaviare, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.521.
- 522. Para proteger los derechos de la ciudadana LUZ JANNETH VELEZ MARQUEZ, desplazada por el conflicto armado en Landazuri (Santander), se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.522.
- 523. Para proteger los derechos de la ciudadana FALCONERI VERGARA COLON, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.523.
- 524. Para proteger los derechos de la ciudadana ANA LIBRADA VERGARA MENDOZA, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.524.
- 525. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIUSI VILLA ACOSTA, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.525.
- 526. Para proteger los derechos de la ciudadana ANA ROSA VILLA SUAREZ, desplazada por el conflicto armado en Yondo, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.526.
- 527. Para proteger los derechos de la ciudadana MINELLY DEL CARMEN VILLA SUAREZ, desplazada por el conflicto armado en Yondo, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.527.
- 528. Para proteger los derechos de la ciudadana CLAUDIA LILIANA VILLANUEVA NARANJO, desplazada por el conflicto armado en Bogota, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.528.
- 529. Para proteger los derechos de la ciudadana CARMEN ESTHER VILLAREAL, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.529.
- 530. Para proteger los derechos de la ciudadana HEIDY ESTHER VILLAREAL, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.530.
- 531. Para proteger los derechos de la ciudadana CONSUELO VILLEGAS MENDOZA, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.531.
- 532. Para proteger los derechos de la ciudadana CARMEN CECILIA VITAL, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.532.
- 533. Para proteger los derechos de la ciudadana DORA ISABEL YEPEZ LEGUIA, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.533.
- 534. Para proteger los derechos de la ciudadana ANA MARIA ZAMORA DE RAMIREZ, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.534.
- 535. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA GEORGINA ZAPATA DE HERNANDEZ, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.535.
- 536. Para proteger los derechos de la ciudadana ROSMIRA ROJAS BASTO, desplazada por el conflicto armado en Trujillo (Valle), se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.536.
- 537. Para proteger los derechos de la ciudadana LUZ EKENA EVAO GUARAVATA, desplazada por el conflicto armado en Trujillo (Valle), se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.537.
- 538. Para proteger los derechos de la ciudadana GLORIA TULIA ALVAREZ DE LOPEZ, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.538.
- 539. Para proteger los derechos de la ciudadana ISABEL ILDUARA ACEVEDO MARTINEZ, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.539.
- 540. Para proteger los derechos de la ciudadana ANA MARTHA MORALES GARCIA, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.540.
- 541. Para proteger los derechos de la ciudadana FLOR ANGELA SALGADO GONZALEZ, desplazada por el conflicto armado en Villavicencio, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.541.
- 542. Para proteger los derechos de la ciudadana LUZ STELLA GOMEZ ORTIZ, desplazada por el conflicto armado en Villavicencio, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.542.
- 543. Para proteger los derechos de la ciudadana CINTIA CHIRIBIGA ZAMBRANO, desplazada por el conflicto armado en Cali, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.543.
- 544. Para proteger los derechos de la ciudadana DELMIRA RODRIGUEZ ARENAS, desplazada por el conflicto armado en Cucuta, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.544.
- 545. Para proteger los derechos de la ciudadana GLORIA OSORIO HERNANDEZ, desplazada por el conflicto armado en Villavicencio, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.545.
- 546. Para proteger los derechos de la ciudadana GLORIA FANNY GONZALEZ, desplazada por el conflicto armado en Bogota, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.546.
- 547. Para proteger los derechos de la ciudadana FLOR MORENA VALLE VALLE, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.547.
- 548. Para proteger los derechos de la ciudadana CONSUELO PEREZ FLOREZ, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.548.
- 549. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA ROSALBA PALACIO, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.549.
- 550. Para proteger los derechos de la ciudadana HILDA MARINA RODRIGUEZ MONTANO, desplazada por el conflicto armado en Barrancabermeja, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.550.
- 551. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA GLADYS BEJARANO ACOSTA, desplazada por el conflicto armado en San Juan de Arama (Meta), se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.551.
- 552. Para proteger los derechos de la ciudadana FRANCY PUENTES ANTURI, desplazada por el conflicto armado en San Juan de Arama (Meta), se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.552.
- 553. Para proteger los derechos de la ciudadana JASMITH DEL SOCORRO MONTES MARTINEZ, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.553.
- 554. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA MILDRED SEPULVEDA BORJA, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.554.
- 555. Para proteger los derechos de la ciudadana ALCIRA ZUNIGA, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.555.
- 556. Para proteger los derechos de la ciudadana ARACELY GARCIA, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.556.
- 557. Para proteger los derechos de la ciudadana MODESTA CATALINA ACOSTA, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.557.
- 558. Para proteger los derechos de la ciudadana ROSA ELOISA ARIAS DE BURITICA, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.558.
- 559. Para proteger los derechos de la ciudadana SILVIA LOPEZ HINCAPIE, desplazada por el conflicto armado en Cali, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.559.
- 560. Para proteger los derechos de la ciudadana LUDYS ESTHER DURAN ROLON, desplazada por el conflicto armado en Barrancabermeja, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.560.
- 561. Para proteger los derechos de la ciudadana SARA MARIA CARRILLO VELASQUEZ, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.561.
- 562. Para proteger los derechos de la ciudadana CRUZ ORALIA QUINONEZ MUNOZ, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.562.
- 563. Para proteger los derechos de la ciudadana JUANA BERSELIA MOSQUERA, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.563.
- 564. Para proteger los derechos de la ciudadana OLGA ISABEL GUZMAN MARTINEZ, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.564.
- 565. Para proteger los derechos de la ciudadana MARTHA CECILIA AGUILAR ECHEVERRIA, desplazada por el conflicto armado en Cartagena, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.565.
- 566. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA JOSEFINA CARDONA, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.566.
- 567. Para proteger los derechos de la ciudadana ALICIA MEDINA ARDILA, desplazada por el conflicto armado en Bogota, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.567.
- 568. Para proteger los derechos de la ciudadana TARCILA VARGAS MARTINEZ, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.568.
- 569. Para proteger los derechos de la ciudadana ROSA MARIA GALEANO, desplazada por el conflicto armado en Tulua, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.569.
- 570. Para proteger los derechos de la ciudadana LINDA MAYERLIN BARRERA GOMEZ, desplazada por el conflicto armado en Ibague, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.570.
- 571. Para proteger los derechos de la ciudadana YALITZA ISABEL MARTINEZ MADERA, desplazada por el conflicto armado en Sincelejo, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.571.
- 572. Para proteger los derechos de la ciudadana FLOR REYES DE OSPINO, desplazada por el conflicto armado en Sincelejo, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.572.
- 573. Para proteger los derechos de la ciudadana YAMILA DE JESUS MUNIVE BALDOVINO, desplazada por el conflicto armado en Sincelejo, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.573.
- 574. Para proteger los derechos de la ciudadana GILMA ROSA JIMENEZ JIMENEZ, desplazada por el conflicto armado en Sincelejo, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.574.
- 575. Para proteger los derechos de la ciudadana ELINA ESTER MONTES HERNANDEZ, desplazada por el conflicto armado en Sincelejo, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.575.
- 576. Para proteger los derechos de la ciudadana FRANCIA GARCIA CAMARGO, desplazada por el conflicto armado en Sincelejo, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.576.
- 577. Para proteger los derechos de la ciudadana DIANA MARIA JIMENEZ, desplazada por el conflicto armado en Sincelejo, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.577.
- 578. Para proteger los derechos de la ciudadana NELLY DEL SOCORRO HERNANDEZ JIMENEZ, desplazada por el conflicto armado en Sincelejo, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.578.
- 579. Para proteger los derechos de la ciudadana GLADIS ISABEL RAMIREZ LOPEZ, desplazada por el conflicto armado en Sincelejo, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.579.
- 580. Para proteger los derechos de la ciudadana BIDANIA MADERA MADERA, desplazada por el conflicto armado en Sincelejo, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.580.
- 581. Para proteger los derechos de la ciudadana LEDYS MARIA URANGO, desplazada por el conflicto armado en Sincelejo, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.581.
- 582. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA LEONOR CALI, desplazada por el conflicto armado en Sincelejo, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.582.
- 583. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA BARRAGAN, desplazada por el conflicto armado en Villavicencio, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.583.
- 584. Para proteger los derechos de la ciudadana DELIA RIOS CARRILLO, desplazada por el conflicto armado en Valledupar, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.584.
- 585. Para proteger los derechos de la ciudadana ADELAIDA MARIN RIVERA, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.585.
- 586. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA SANCHEZ DE AVENDANO, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.586.
- 587. Para proteger los derechos de la ciudadana CLARA ELISA MARIN CASTANO, desplazada por el conflicto armado en Marinilla (Antioquia), se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.587.
- 588. Para proteger los derechos de la ciudadana LUZ MARINA QUINTERO CARDENAS, desplazada por el conflicto armado en Marinilla (Antioquia), se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.588.
- 589. Para proteger los derechos de la ciudadana ORFA NELLY PINEDA GOMEZ, desplazada por el conflicto armado en Marinilla (Antioquia), se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.589.
- 590. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA DE LOS ANGELES SILVA, desplazada por el conflicto armado en Villavicencio, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.590.
- 591. Para proteger los derechos de la ciudadana ANA DE DIOS HERNANDEZ, desplazada por el conflicto armado en Marinilla (Antioquia), se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.591.
- 592. Para proteger los derechos de la ciudadana LUZ OSPINA LOAIZA, desplazada por el conflicto armado en Marinilla (Antioquia), se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.592.
- 593. Para proteger los derechos de la ciudadana MARICELY ARANGO LAME, desplazada por el conflicto armado en Cali, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.593.
- 594. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA BELARMINA TREJOS BEDOYA, desplazada por el conflicto armado en Barrancabermeja, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.594.
- 595. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA EDILMA RODAS DE PARRA, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.595.
- 596. Para proteger los derechos de la ciudadana FILSOMINA ESTUPINAN TORRES, desplazada por el conflicto armado en Barrancabermeja, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.596.
- 597. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA INOCENCIA MORENO, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.597.
- 598. Para proteger los derechos de la ciudadana PAULA UL COICUE, desplazada por el conflicto armado en Popayan, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.598.
- 599. Para proteger los derechos de la ciudadana MARIA MONICA BENITEZ USUGA, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.599.
- 600. Para proteger los derechos de la ciudadana GLORIA PATRICIA GIRALDO PADIERNA, desplazada por el conflicto armado en Medellin, se ORDENA al Director de Accion Social que adopte las medidas especificadas en el Anexo II.600.
- Comuniquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por119
T-518/24Derechos Al Debido Proceso Administrativo E Igualdad En La Calificación De La Pérdida De Capacidad Laboral-Corrección De Aspectos Formales Que Impiden El Reconocimiento A La Prestación De Invalidez.T-434/24Derecho De Las Mujeres A Una Vida Libre De Violencia-Marco Jurídico Para La Atención De La Violencia Intrafamiliar Y A Las Víctimas Del Conflicto Armado Interno. Jurisprudencia Constitucional.T-410/24Derechos A La Igualdad Y Debido Proceso En Restitución De Tierras-Vulnerabilidad Sobreviniente Para Ser Considerado Segundo Ocupante (Principios Pinheiro). Actuaciones Posteriores A La Sentencia.T-366/24Debido Proceso Administrativo De Inscripción En El Registro Único De Víctimas Y Concepto De Víctima Del Conflicto Armado-Falta De Motivación Por Inadecuada Valoración Probatoria. Reiteración De Jurisprudencia.T-164/24Tutela Contra Decisiones Judiciales En Procedimiento Policivo Por Perturbación A La Posesión O Tenencia De Inmueble Rural-Vulneración Del Debido Proceso (Defecto Fáctico, Sustantivo Y Violación Directa De La Constitución). Falta De Enfoque De Género Frente A La Mujer CampesinaA. 008/24Auto de 2024
Ver las 119 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.